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Las principales decisiones de la Corporación toman el nombre de "Acuerdos", actos administrativos obligatorios para las autoridades y los particulares en la jurisdicción del territorio municipal.

Documentos que contienen una relación sucinta de los temas debatidos, de las intervenciones, de los mensajes leídos, las Proposiciones presentadas, las comisiones designadas y las decisiones adoptadas en el desarrollo de las Sesiones Plenarias y las Sesiones de Comisión del Concejo Municipal.

Miembros del Concejo Municipal elegidos por un mismo partido, movimiento social o grupo significativo de ciudadanos.

Encargadas de dar primer debate a los Proyectos de Acuerdo relacionados con los asuntos de sus competencias. Se integran con una tercera parte de los concejales miembros de la Corporación. Ejercen sus funciones normativas y de control político a través de tres (3) Comisiones Permanentes, especializadas así: Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo y' Ordenamiento Territorial, Comisión Segunda Permanente de Gobierno y Asuntos Administrativos y Comisión Tercera Permanente de Presupuesto, Hacienda y Crédito Público.

Encargada de conocer los casos de conflicto de intereses y las violaciones al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones de los concejales, así como el comportamiento indecoroso, irregular o inmoral que pueda afectar a miembros o empleados de la Corporación en su gestión pública. Estará conformada por la tercera parte de los concejales miembros de la Corporación.

Encargada de fomentar la participación de la mujer en el ejercicio de la labor normativa y de control político, buscando contribuir en la eliminación de cualquier situación de desigualdad y discriminación que se presente en el ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres, luchar contra la violencia de género, promover el empoderamiento de la mujer y la equidad de género en el Municipio de Chía.

Servidores públicos al servicio del Estado y de su comunidad. Carecen de calidad de empleados públicos; sus funciones son establecidas por la Constitución, la Ley y el reglamento y están sujetos a un régimen de calidades, inhabilidades, e incompatibilidades.

Función constitucional que faculta a los concejos para vigilar, debatir o controvertir la gestión y el cumplimiento de las metas, planes y programas ejecutados por la Administración Municipal. Se cita mediante Proposiciones a secretarios y entidades descentralizadas y se desarrolla dentro de los periodos de sesiones ordinarias del municipio.

De conformidad con la Constitución y las leyes, será necesario que, dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno Municipal, los concejales electos obten por:

1. Declararse en oposición.
2. Declararse independiente.
3. Declararse organización de gobierno.

Órgano de dirección elegido por los concejales para periodos fijos de un (1) año calendario. Está conformado por un (a) Presidente (a) y dos Vicepresidentes (as) para la Plenaria y un (a) Presidente y un (a) Vicepresidente (a) para las Comisiones.

Documento que contiene el temario a tratar dentro de las sesiones plenarias y de comisión del Concejo Municipal. Puede incluir aprobación de actas, citaciones a debate de Control Político, Proyectos de Acuerdo, informe de Comisiones Permanentes, Especiales y Accidentales, lectura, discusión y aprobación de Proposiciones y comunicaciones y varios.

Se entiende por período constitucional el lapso de tiempo para el cual fueron elegidos los concejales, conforme con el artículo 312 de la Constitución Política. Para el caso de Chía, los concejales son electos por un periodo de cuatro (4) años.

Término para referirse a la totalidad de los concejales que conforman la Corporación.

Son solicitudes formuladas por los concejales que se someten a discusión del Concejo, y una vez aprobadas, constituyen una expresión pública de la Corporación.

Propuestas de normas que estudia el Concejo sobre materias que tienen que ver con asuntos de la ciudad. Pueden ser presentados por los concejales individualmente, o a través de las Bancadas, por el alcalde municipal, acompañado de un oficio de presentación y la correspondiente exposición de motivos en la que se expliquen sus alcances y las razones que lo sustentan.

El Personero Municipal, los puede presentar en materia. relacionada con sus atribuciones constitucionales y legales.

También lo podrán hacer un grupo significativo de ciudadanos que representen no menos del cinco por ciento (5%) de las personas inscritas en el censo electoral municipal.

Es el número de concejales cuya presencia se requiere que la Plenaria y/ o las ·comisiones permanentes del Concejo Municipal de Chía puedan abrir sesiones, discutir proyectos e iniciar debates de citación. Se conforma con la cuarta parte de los miembros integrantes de la Plenaria y de las Comisiones Permanentes respectivas.

Es el número de concejales cuya presencia se requiere para que la Plenaria y/ o las Comisiones Permanentes del Concejo Municipal de Chía puedan tomar decisiones y aprobar o no iniciativas. Se conforma con la mitad más uno de los miembros integrantes de la Plenaria y/ o de la Comisión Permanente respectiva.

Son disposiciones de orden interno y administrativo, suscritas por la mesa directiva, el secretario o las dependencias que conforman la Corporación, dependiendo de la naturaleza del acto administrativo.

Son aquellas en las cuales el Concejo se reúne, por derecho propio, durante los periodos legales u ordinarios y sus prórrogas.

Aquellas convocadas por al alcalde en periodos diferentes a los ordinarios y en las cuales la Corporación se ocupa exclusivamente de los asuntos señalados en la convocatoria.

Es la expresión de la voluntad de cada uno de los concejales en torno a los asuntos que se debaten en la Corporación, sea en plenaria o en las comisiones permanentes.